{"id":12489,"date":"2011-05-30T12:00:43","date_gmt":"2011-05-30T11:00:43","guid":{"rendered":"http:\/\/www.transcend.org\/tms\/?p=12489"},"modified":"2011-05-25T00:41:22","modified_gmt":"2011-05-24T23:41:22","slug":"spanish-chile-senado-vendio-a-monsanto-la-semilla-campesina-e-indigena","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/2011\/05\/spanish-chile-senado-vendio-a-monsanto-la-semilla-campesina-e-indigena\/","title":{"rendered":"(Castellano) Chile: Senado Vendi\u00f3 a Monsanto la Semilla Campesina e Ind\u00edgena"},"content":{"rendered":"<p>Con 13 votos a favor (de la derecha y uno de la <strong>Concertaci\u00f3n<\/strong>), 5 en contra y 6 abstenciones, el <strong>Senado <\/strong>de <strong>Chile <\/strong>aprob\u00f3 el 11 de mayo [2011] el Convenio <a href=\"http:\/\/www.upov.int\/index_es.html\"  target=\"_blank\">Upov <\/a>91 que impedir\u00e1 a los campesinos guardar la semilla y extender\u00e1 el tiempo de vigencia de los derechos y garant\u00edas de las transnacionales que vendan semillas h\u00edbridas y transg\u00e9nicas en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>El senador <strong>Eugenio Tuma<\/strong> (<strong>Araucan\u00eda, PPD<\/strong>) se uni\u00f3 a los sepultureros de la agricultura campesina, que aportaron nichos marca <strong>UDI <\/strong>y <strong>RN<\/strong>, mientras <strong>Ximena Rinc\u00f3n<\/strong> (<strong>Maule<\/strong>) y <strong>Jorge Pizarro<\/strong> (<strong>Coquimbo<\/strong>), ambos del <strong>PDC <\/strong>junto a <strong>Jos\u00e9 Antonio G\u00f3mez<\/strong> (<strong>Antofagasta, PR<\/strong>),<strong> Alejandro Navarro<\/strong> (<strong>BioBio, MAS<\/strong>), y <strong>Jaime Quintana<\/strong> (Araucan\u00eda, PPD) rechazaron decididamente la iniciativa.<\/p>\n<p>Ximena Rinc\u00f3n fundament\u00f3 su voto expresando que ser\u00e1n los campesinos chilenos quienes pagar\u00e1n el costo de la adhesi\u00f3n a este convenio. Argument\u00f3 que antes de votar, debi\u00f3 haberse debatido la <strong>Ley sobre Derechos de Obtentores Vegetales<\/strong> que deroga la ley N\u00ba 19.342 por la cual se cre\u00f3 en Chile el registro de especies vegetales. Mediante esa ley, el pa\u00eds firm\u00f3 la versi\u00f3n anterior de este convenio, cuyos t\u00e9rminos eran menos lesivos para la agricultura.<\/p>\n<p>La protecci\u00f3n a la que se refiere el convenio es el pago de una suerte de patente, el llamado \u201cderecho de obtentor\u201d, por la compra de semilla campesina registrada por las trasnacionales semilleras luego de ser manipulada gen\u00e9ticamente.<br \/>\nLa votaci\u00f3n tuvo lugar en medio de un ambiente callejero de rechazo generalizado a la aprobaci\u00f3n del proyecto <strong>Hidroays\u00e9n <\/strong>que puso en relieve el car\u00e1cter depredador del modelo chileno de negocios y \u201cdesarrollo\u201d, ahora refrendado por esta nueva decisi\u00f3n legislativa. El Senado y el gobierno de Chile marcan inequ\u00edvocamente su postura de alianza con las transnacionales y de entrega del patrimonio del pa\u00eds.<\/p>\n<p><strong>INDIGNACI\u00d3N CAMPESINA E IND\u00cdGENA<\/strong><\/p>\n<p>La <strong>Asociaci\u00f3n Nacional de Mujeres Rurales e Ind\u00edgenas<\/strong> (<a href=\"http:\/\/www.anamuri.cl\/\"  target=\"_blank\">Anamuri<\/a>) y <a href=\"http:\/\/www.terram.cl\/\"  target=\"_blank\">Terram<\/a>, invitadas a expresar su opini\u00f3n ante el Senado, hab\u00edan mostrado ante la <a href=\"http:\/\/www.senado.cl\/appsenado\/index.php?mo=comisiones&amp;ac=ficha&amp;id=192&amp;tipo_comision=10\"  target=\"_blank\">Comisi\u00f3n de Agricultura<\/a> su repudio a esta iniciativa. El a\u00f1o 2010 en la <strong>C\u00e1mara de Diputados<\/strong>, Anamuri, <a href=\"http:\/\/www.confederacionranquil.cl\/\"  target=\"_blank\">Ranquil<\/a>, los productores org\u00e1nicos, el obispo de <strong>Ays\u00e9n<\/strong>, <a href=\"http:\/\/www.rap-al.org\/index.php?seccion=1&amp;f=que_es.php\"  target=\"_blank\">Rapal<\/a>, la <a href=\"http:\/\/www.rap-chile.com\/\"  target=\"_blank\">Alianza por una Mejor Calidad de Vida<\/a>, <a href=\"http:\/\/www.grain.org\/principal\/\"  target=\"_blank\">Grain<\/a>, <a href=\"http:\/\/www.olca.cl\/\"  target=\"_blank\">Olca<\/a>, y diversas organizaciones regionales y locales ya hab\u00edan expuesto su rechazo a este convenio y al proyecto de ley de obtentores.<\/p>\n<p>Por su parte, el mismo d\u00eda de esta votaci\u00f3n, la <a href=\"http:\/\/radio.uchile.cl\/noticias\/109170\/\"  target=\"_blank\">Red Legislativa Ind\u00edgena y de Pol\u00edticas P\u00fablicas<\/a> exigi\u00f3 en carta dirigida al Presidente del Senado <strong>Guido Girardi<\/strong>, ser escuchada, dado que se omiti\u00f3 la consulta a los pueblos ind\u00edgenas estipulada en el <strong>Convenio 169<\/strong>. La agrupaci\u00f3n cree que \u201cesta es la usurpaci\u00f3n que quedaba. Ya nos quitaron la tierra, el agua, ahora nos quieren quitar los cultivos y las hierbas medicinales\u2026 El Estado roba, y luego aplica leyes antiterroristas o militarizaci\u00f3n cuando las comunidades protestan\u201d.<\/p>\n<p>Entre otras organizaciones la red incluye a la <strong>Corporaci\u00f3n Aymara Jach-a Marka Aru<\/strong>, a la comunidad huilliche <strong>Pepiukelen<\/strong>, y a representantes del pueblo <strong>RapaNui<\/strong>, del <a href=\"http:\/\/cna-chile.blogspot.com\/\"  target=\"_blank\">Consejo Nacional Aymara<\/a>, la <a href=\"http:\/\/alianzaterritorialmapuche.blogspot.com\/\"  target=\"_blank\">Alianza Territorial Mapuche<\/a>, a <em>Lakutun <\/em>(<strong>Regi\u00f3n Metropolitana<\/strong>), a Trawun <strong>Mapuche<\/strong>-huilliche de <strong>Pargua <\/strong>y a comunidades de <strong>Tir\u00faa <\/strong>sur.<\/p>\n<p>Los ind\u00edgenas tambi\u00e9n recordaron que \u201cel Upov 91 ha sido resistido por ind\u00edgenas de todo el mundo, pues ellos tambi\u00e9n han advertido que es una nueva forma de robo legal de plantas que hemos intervenido, cruzado y modificado a trav\u00e9s de t\u00e9cnicas ancestrales y protegido en caso de peligro, sequ\u00eda o monocultivo. La papa chilota contin\u00faa viva gracias a nosotros, no gracias a las transnacionales\u201d.<\/p>\n<p><strong>VIOLACI\u00d3N DE UN DERECHO HUMANO<\/strong><\/p>\n<p>La selecci\u00f3n, mejoramiento e intercambio de semilla \u2013<em>trafkintu <\/em>en <em>mapudungun<\/em>&#8211; es un derecho humano de los agricultores y pueblos ind\u00edgenas del mundo, reconocido incluso en el <a href=\"http:\/\/www.fao.org\/ag\/CGRFA\/Spanish\/itpgr.htm\"  target=\"_blank\">Tratado de Recursos Fitogen\u00e9ticos<\/a> de la <strong>FAO <\/strong>y reivindicado por <a href=\"http:\/\/www.viacampesina.org\/sp\/\"  target=\"_blank\">V\u00eda Campesina<\/a> y por la <a href=\"http:\/\/www.movimientos.org\/cloc\/\"  target=\"_blank\">Cloc<\/a>, la <strong>Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo<\/strong>. De esta manera, las mujeres campesinas e ind\u00edgenas y las comunidades campesinas son las verdaderas gestoras de la diversidad y riqueza gen\u00e9tica que usurpan las cororaciones semilleras, ahora con la venia del Senado de Chile.<\/p>\n<p>La Alianza por una Mejor Calidad de vida ha denunciado que este convenio privatiza la comercializaci\u00f3n, la importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de la semilla. Sostiene <strong>Alicia Mu\u00f1oz<\/strong>, dirigente de Anamuri: \u201cEl agricultor deber\u00e1 comprar todos los a\u00f1os su semilla si no quiere ver confiscada su cosecha, sus cultivos y plantaciones. El convenio no garantiza que las variedades sean mejores o est\u00e9n accesibles en Chile. Puede darse incluso el caso de que por razones comerciales se impida el ingreso de una determinada variedad en Chile. Para registrar una planta s\u00f3lo se pide que no est\u00e9 inscrita antes y que la variedad sea homog\u00e9nea y estable. Mientras m\u00e1s homog\u00e9neas son las plantas, menos capacidad tendr\u00e1n para resistir fen\u00f3menos como la sequ\u00eda o el cambio clim\u00e1tico, al contrario de lo que ocurre cuando hay biodiversidad.\u201d<\/p>\n<p><strong>LOS AMIGOS DE MONSANTO<\/strong><\/p>\n<p>La iniciativa resistida por todas las organizaciones campesinas con base social, ser\u00e1 remitida al presidente Pi\u00f1era para su promulgaci\u00f3n, seg\u00fan el bolet\u00edn de prensa del Senado. Los votos a favor correspondieron a los senadores <strong>Carlos Cantero<\/strong> (Antofagasta, Independiente); a los UDI <strong>Juan Antonio Coloma<\/strong> y <strong>Hern\u00e1n Larra\u00edn<\/strong> (ambos de <strong>Maule<\/strong>), <strong>Pablo Longueira<\/strong> y <strong>Jovino Novoa<\/strong> (ambos de RM) y <strong>Jaime Orpis<\/strong> (<strong>Tarapac\u00e1<\/strong>); y a los RN <strong>Francisco Chahu\u00e1n<\/strong> (<strong>Valpara\u00edso<\/strong>), <strong>Jos\u00e9 Garc\u00eda, Alberto Espina<\/strong> (ambos de Araucan\u00eda), <strong>Carlos Kuschel<\/strong> (Regi\u00f3n de <strong>Los Lagos<\/strong>), <strong>Carlos Larra\u00edn<\/strong> (<strong>Valdivia<\/strong>),<strong> Baldo Prokurica<\/strong> (<strong>Atacama<\/strong>), m\u00e1s el PPD Eugenio Tuma (Araucan\u00eda, PPD). La c\u00f3moda abstenci\u00f3n estuvo a cargo de los PS <strong>Camilo Escalona<\/strong> (Los Lagos) y <strong>Juan Pablo Letelier<\/strong> (<strong>O\u2019Higgins<\/strong>), junto a los DC <strong>Hossain Sabag<\/strong> (<strong>BioBio<\/strong>), <strong>Patricio Walker <\/strong>(Ays\u00e9n) y <strong>Andr\u00e9s Zald\u00edvar<\/strong> (Maule), y <strong>Antonio Horvath<\/strong> (Ays\u00e9n RN).<\/p>\n<p>Los defensores del proyecto aludieron a los Tratados de Libre Comercio con <strong>Estados Unidos, Jap\u00f3n<\/strong> y la <strong>Uni\u00f3n Europea<\/strong> argumentando que Chile estaba obligado a firmar el convenio citado. El senador Alejandro Navarro, critic\u00f3 estos tratados y agreg\u00f3 que pa\u00edses claves en agricultura en <strong>Am\u00e9rica del Sur<\/strong> como <strong>Brasil <\/strong>y <strong>Argentina<\/strong>, se han adherido s\u00f3lo a UPOV \u201878 y no al \u201891. Asimismo, hizo ver que las implicancias de este convenio debieron haber sido difundidas hacia la comunidad.<\/p>\n<p>Por su parte, el senador Jaime Quintana, se mostr\u00f3 en contra de ratificar este proyecto y explic\u00f3 que \u201cafectar\u00e1 a los productores agr\u00edcolas nacionales\u201d. Tambi\u00e9n critic\u00f3 la ausencia del <strong>Ministro de Agricultura<\/strong> en la discusi\u00f3n en la Sala. A su juicio, \u201cpara que este convenio tenga valor, Chile debe contar con la ley de obtentores de vegetales que todav\u00eda no lo votamos; si aprobamos este proyecto de acuerdo va a ser letra muerta\u201d.<\/p>\n<p>El senador Eugenio Tuma puso una nota de humor al informar a sus colegas que \u00e9l conoce a campesinos que salieron de la pobreza por construir invernaderos y pagar semillas de calidad. Sin embargo no entreg\u00f3 estad\u00edstica alguna en respaldo de su an\u00e9cdota.<\/p>\n<p><strong>UPOV Y LOBBY EMPRESARIAL<\/strong><\/p>\n<p>La <strong>Uni\u00f3n Internacional para la Protecci\u00f3n de las Obtenciones Vegetales<\/strong>, Upov, es una organizaci\u00f3n propiciada por las transnacionales comercializadoras de semillas y respaldada por los gobiernos, de la que Chile es parte. En los primeros a\u00f1os produc\u00edan h\u00edbridos y hoy tambi\u00e9n transg\u00e9nicos. Entre ellas est\u00e1n las empresas <strong>Monsanto <\/strong>\u2013que controla m\u00e1s del 90% del mercado de la semilla transg\u00e9nica- <strong>Syngenta, Bayer<\/strong>, y <strong>Dupont\/Pioneer<\/strong>. Las ventas de semillas y plaguicidas les reportan enormes ganancias a costa de la destrucci\u00f3n de la agricultura campesina, remplazada por la agroindustria y los monocultivos de semillas transg\u00e9nicas. El precio de los alimentos, seg\u00fan FAO, se encuentra actualmente en los niveles m\u00e1s altos de la historia.<\/p>\n<p>El Convenio Internacional para la Protecci\u00f3n de las Obtenciones Vegetales (Convenio Upov) ha sido modificado en tres oportunidades: 1972, 1978 y 1991. En Chile el exitoso <em>lobby <\/em>empresarial para que Chile, firmante de Upov 78, adhiriese a Upov 91 fue encabezado por Monsanto a trav\u00e9s de <strong>ChileBio <\/strong>con el apoyo de <strong>Anpros <\/strong>(la asociaci\u00f3n gremial de productores de semilla transg\u00e9nica de exportaci\u00f3n) y del <strong><em>Diario Financiero<\/em><\/strong>, virtual vocero del negocio de exportaci\u00f3n de semilla transg\u00e9nica. El Gobierno y senado chileno finalmente se rindieron a la presi\u00f3n adicional del Presidente <strong>Obama<\/strong>, cercano a Monsanto, quien tra\u00eda en su agenda de visita a Chile, el tema del respeto a la propiedad intelectual.<\/p>\n<p>**********************************************<br \/>\n<strong><\/strong><\/p>\n<div><strong>Convenio UPOV 91: texto oficial en link de sus autores y opiniones de organizaciones ind\u00edgenas y Terram<\/strong><\/div>\n<p>Me hab\u00edan pedido publicar esto. Aqu\u00ed va\u2026<br \/>\nEste lenguaje s\u00f3lo lo entienden ellos, est\u00e1 escrito en forma cr\u00edptica.<\/p>\n<p>Red Legislativa Indigena y De Politicas Publicas Reprocha Al Congreso Nacional La Ausencia De Consulta Indigena Por Proyecto De Apropiacion De Variedades Vegetales.<\/p>\n<p>La Red Legislativa Ind\u00edgena y de Pol\u00edticas Publicas (RLIPP) denunci\u00f3 que \u201cel Congreso nacional nuevamente esta aprobando normas de naturaleza legal sin consultar a los pueblos ind\u00edgenas, esta vez, el Convenio UPOV \u2013 91, que permitir\u00e1 que las transnacionales se apropien de nuestros vegetales y hierbas medicinales para despu\u00e9s cobrarnos royalties por lo mismo que hemos plantado y sembrado por miles de a\u00f1os\u201d.<\/p>\n<p>Red Legislativa Indigena Y De Politicas Publicas Reprocha Al Congreso Nacional La Ausencia De Consulta Indigena Por Proyecto De Apropiacion De Variedades Vegetales.<\/p>\n<p>Para la Red, \u201cel Convenio UPOV viene a reforzar un r\u00e9gimen de propiedad leonina y abusiva sobre plantas y variedades vegetales que no se pueden patentar, pero que se pueden apropiar v\u00eda los denominados derechos del obtentor vegetal. No entendemos como un Convenio Internacional, que se tramita como ley, y que tiene efectos tan graves en los pueblos ind\u00edgenas, no es consultado como lo dice el Convenio 169\u201d<\/p>\n<p>La agrupaci\u00f3n cree que \u201cesta es la usurpaci\u00f3n que quedaba. Ya nos quitaron la tierra, el agua, ahora nos quieren quitar los cultivos y las hierbas medicinales. Es el colmo, como el Estado roba, y luego aplica leyes antiterroristas o militarizaci\u00f3n cuando las comunidades protestan\u201d<\/p>\n<p>La Red argumento que \u201cpor ejemplo, el art\u00edculo 14 n\u00famero 2) del Convenio UPOV 91 se\u00f1ala que se requerir\u00e1 la autorizaci\u00f3n del obtentor o due\u00f1o, es decir, la transnacional, para la reproducci\u00f3n y la posesi\u00f3n del producto de la cosecha, incluidas plantas enteras y partes de plantas, es decir, ahora las empresas extranjeras ser\u00e1n due\u00f1as de las cosechas. La experta Flavio Liberona, de la Fundacion Terram advirti\u00f3 que lo anterior pone en riesgo a la agricultura familiar campesina e ind\u00edgena, y tambi\u00e9n sus usos tradicionales, puesto que las variedades que han sido desarrolladas por dichas comunidades podr\u00edan ser registradas por otros y de este modo prohibirles su uso\u201d<\/p>\n<p>Asimismo, se\u00f1alaron que \u201cel Convenio UPOV 91 renuncia a la soberan\u00eda de Chile como pa\u00eds, pues en el articulo 10 se dispone que el Estado no podr\u00e1 negarse a la concesi\u00f3n de un derecho de obtentor o limitar su duraci\u00f3n, argumentando que la protecci\u00f3n para la misma variedad no ha sido solicitada, o que \u00e9sta ha sido denegada o que ha expirado en otro Estado o en otra organizaci\u00f3n internacional. La misma Fundacion Terram se\u00f1alo que con ello se desprotege a los peque\u00f1os campesinos y comunidades ind\u00edgenas que han desarrollado variedades para su uso, ya que las variedades podr\u00edan ser inscritas por cualquiera persona, sin respetar los derechos del verdadero obtentor\u201d<\/p>\n<p>Los ind\u00edgenas se\u00f1alan que \u201cel gobierno ha reconocido que de las 700 variedades vegetales chilenas apropiadas en Chile, 615 est\u00e1n en manos de transnacionales. Durante la tramitaci\u00f3n del Convenio, el Ministro de Agricultura Jos\u00e9 Antonio Galilea se\u00f1alo que modificaran la ley vigente luego de la aprobaci\u00f3n del tratado para permitir que los agricultores peque\u00f1os puedan guardar algo de lo apropiado por las transnacionales para autoconsumo. \u00bfY de que vivir\u00e1n las comunidades ind\u00edgenas, del autoconsumo? Esto para nosotros no representa seguridad alguna, pues son meras palabras del ministro. Luego lo cambian y llega otro Ministro que har\u00e1 algo distinto. Ya estamos cansados de mentiras. Por eso queremos consulta, amparada por el Convenio 169 de la OIT y supervisada por la OIT y la ONU\u201d<\/p>\n<p>Los ind\u00edgenas tambi\u00e9n recordaron que \u201cel UPOV 91 ha sido resistido por ind\u00edgenas de todo el mundo, pues ellos tambi\u00e9n han advertido que es un peligro, que es una nueva forma de robo legal de plantas que hemos cultivado por miles de a\u00f1os, que hemos intervenido a trav\u00e9s de cruzas de cepas vegetales, que hemos cuidado y modificado a trav\u00e9s de t\u00e9cnicas ancestrales y protegido en caso de peligro, sequ\u00eda o monocultivo. La papa chilota continua viva gracias a nosotros, no gracias a las transnacionales\u201d.<\/p>\n<p>La Red, pide al senador Guido Girardi, Presidente del Senado, que \u201chaga las gestiones como jefe del poder legislativo para implementar de manera urgente la consulta ind\u00edgena para todos los proyectos de ley que usurpan el patrimonio ancestral de los pueblos ind\u00edgenas\u201d<\/p>\n<p>RED LEGISLATIVA INDIGENA Y DE POLITICAS PUBLICAS<\/p>\n<p>ARIEL LEON BACIAN<\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA CORPORACION AYMARA JACH-A MARKA ARU<\/p>\n<p>FRANCISCO VERA MILLAQUEN<\/p>\n<p>WERKEN DE LA COMUNIDAD HUILLICHE PEPIUKELEN<\/p>\n<p>RAFAEL TUKI TEPANO<\/p>\n<p>CONSEJERO INDIGENA POR EL PUEBLO RAPA NUI ANTE CONADI<br \/>\nAqu\u00ed planteamientos de Terram cuando Flavia Liberona asisti\u00f3 a la Comisi\u00f3n de AGricultura del Senado:<br \/>\nA continuaci\u00f3n, la Directora Ejecutiva de la Fundaci\u00f3n Terram, se\u00f1ora Flavia Liberona,<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al Acta de UPOV 1991, formul\u00f3 las siguientes observaciones:<\/p>\n<p>1.- No todos los pa\u00edses que han suscrito a UPOV 1978 han adherido a UPOV 1991 y mencion\u00f3 como ejemplo a: Argentina, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Canad\u00e1, China, Colombia, Ecuador, Francia, Irlanda, Italia, M\u00e9xico, Noruega, Paraguay, Portugal y Uruguay.<\/p>\n<p>2.- La gran diferencia entre UPOV 1978 y 1991 radica en que esta \u00faltima estipula que se requiere la autorizaci\u00f3n del obtentor para la producci\u00f3n o reproducci\u00f3n de semillas para cualquier otro fin. En su opini\u00f3n este punto restringir\u00eda el llamado privilegio del agricultor.<\/p>\n<p>3.- El art\u00edculo 7\u00b0 del Convenio UPOV 1991 establece que se considerar\u00e1 distinta la variedad si se distingue claramente de cualquier otra variedad cuya existencia, en la fecha de presentaci\u00f3n de la solicitud, sea notoriamente conocida. Al respecto, observ\u00f3 que un campesino dif\u00edcilmente podr\u00e1 conocer si una variedad es notoriamente conocida o si \u00e9sta pertenece a un obtentor.<\/p>\n<p>4.- El art\u00edculo 10 n\u00famero 3) que se\u00f1ala que ninguna Parte podr\u00e1 denegar la concesi\u00f3n de un derecho de obtentor o limitar su duraci\u00f3n, argumentando que la protecci\u00f3n para la misma variedad no ha sido solicitada, o que \u00e9sta ha sido denegada o que ha expirado en otro Estado o en otra organizaci\u00f3n internacional. Sobre esta norma, repar\u00f3 que desprotege a los peque\u00f1os campesinos y comunidades ind\u00edgenas que han desarrollado variedades para su uso, ya que las variedades podr\u00edan ser inscritas por cualquiera persona, sin respetar los derechos del verdadero obtentor.<\/p>\n<p>5.- El art\u00edculo 14 n\u00famero 1) referido al alcance del derecho de obtentor establece que se requerir\u00e1 la autorizaci\u00f3n del obtentor para los actos de reproducci\u00f3n o de multiplicaci\u00f3n de la variedad protegida que involucren: la producci\u00f3n o su reproducci\u00f3n, la oferta en venta, la venta o cualquier otra forma de comercializaci\u00f3n, la exportaci\u00f3n, la importaci\u00f3n y la posesi\u00f3n de la variedad con fines de reproducirla o de importarla. Cabe se\u00f1alar que este art\u00edculo faculta al obtentor a subordinar su autorizaci\u00f3n a condiciones y a limitaciones. Sobre el particular, alert\u00f3 que con esta norma se estar\u00eda prohibiendo a los campesinos a guardar el producto de sus cosechas con fines reproductivos.<\/p>\n<p>6.- El art\u00edculo 14 n\u00famero 2) se\u00f1ala que tambi\u00e9n se requerir\u00e1 la autorizaci\u00f3n del obtentor para la reproducci\u00f3n y la posesi\u00f3n del producto de la cosecha, incluidas plantas enteras y partes de plantas, obtenido por la utilizaci\u00f3n no autorizada del material de reproducci\u00f3n o de multiplicaci\u00f3n de la variedad protegida, a menos que el obtentor haya podido ejercer razonablemente su derecho en relaci\u00f3n con dicho material de reproducci\u00f3n o de multiplicaci\u00f3n. Al respecto, coment\u00f3 que este art\u00edculo pone en riesgo a la agricultura familiar campesina e ind\u00edgena, y tambi\u00e9n sus usos tradicionales, puesto que las variedades que han sido desarrolladas por dichas comunidades podr\u00edan ser registradas por otros y de este modo prohibirles su uso.<\/p>\n<p>7- El art\u00edculo 15 n\u00famero 2) consagra que cada Parte Contratante podr\u00e1 restringir el derecho de obtentor respecto de toda variedad, dentro de l\u00edmites razonables y a reserva de la salvaguardia de los intereses leg\u00edtimos del obtentor, con el fin de permitir a los agricultores utilizar con fines de reproducci\u00f3n o de multiplicaci\u00f3n, en su propia explotaci\u00f3n, el producto de la cosecha que hayan obtenido por el cultivo, en su propia explotaci\u00f3n. Explic\u00f3 que este art\u00edculo permite establecer excepciones o salvaguardias, las cuales permitir\u00edan proteger en alg\u00fan grado a la agricultura familiar campesina y a los usos tradicionales.<\/p>\n<p>8.- Los conceptos y contenidos de las Actas UPOV son poco conocidos por la sociedad civil, por las organizaciones campesinas y por las entidades acad\u00e9micas, porque no se ha realizado un proceso transparente y participativo para su divulgaci\u00f3n, en consonancia con el Tratado de Libre Comercio suscrito con Estados Unidos, los Convenios UPOV 1978 y 1991, la Convenci\u00f3n de Biodiversidad, y el Convenio N\u00b0 169 de la OIT.<\/p>\n<p>9.- Necesidad de realizar un an\u00e1lisis comparativo entre los Convenios UPOV 1978 y UPOV 1991, identificando: los cambios entre uno y otro, y como \u00e9stos podr\u00edan afectar a los peque\u00f1os campesinos y comunidades ind\u00edgenas; la incorporaci\u00f3n de nuevas restricciones, y las formas bajo las cuales se podr\u00eda brindar una adecuada protecci\u00f3n a la biodiversidad del pa\u00eds, incluyendo las especies vegetales chilenas y la biodiversidad agr\u00edcola, en el marco de esta nueva legislaci\u00f3n. Asimismo, realizar un estudio comparativo entre la ley N\u00b0 19.342 y el proyecto de ley que regula derechos sobre obtenciones vegetales.<\/p>\n<p>10.- Realizar un an\u00e1lisis de la Convenci\u00f3n de Biodiversidad, suscrito por Chile en 1994, en relaci\u00f3n a la protecci\u00f3n de las especies nativas, especies y variedades vegetales usadas tradicionalmente por campesinos y comunidades ind\u00edgenas con fines agr\u00edcolas, medicinales, rituales u otros, detectando sus posibles puntos de conflicto con el Convenio UPOV 1991.<\/p>\n<p>11.- Finalmente la se\u00f1ora Liberona inst\u00f3 a instalar los conceptos de derechos, usos tradicionales y de bien com\u00fan, asegurando la protecci\u00f3n de las pr\u00e1cticas tradicionales y de los recursos vegetales nativos, y promover una ley de protecci\u00f3n de la biodiversidad o de los recursos fitogen\u00e9ticos.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, el se\u00f1or Ministro de Agricultura, don Jos\u00e9 Antonio Galilea, inform\u00f3 que este proyecto de acuerdo, al igual que la iniciativa legal que busca regular los derechos sobre las obtenciones vegetales, fueron presentados durante el Gobierno anterior y que esta nueva Administraci\u00f3n asumi\u00f3 la necesidad continuar con su tramitaci\u00f3n, especialmente porque ambos dan cumplimiento a los compromisos asumidos por nuestro pa\u00eds en los Tratados de Libre Comercio suscritos con Estados Unidos, Jap\u00f3n y Australia, lo que en su opini\u00f3n constituye un elemento m\u00e1s que suficiente para aprobarlos.<\/p>\n<p>Fuente 1 : <a target=\"_blank\" href=\"http:\/\/periodismosanador.blogspot.com\/2011\/05\/senado-vendio-monsanto-la-semilla.html\" >Periodismosanador<\/a><br \/>\nFuente 2 : <a target=\"_blank\" href=\"http:\/\/periodismosanador.blogspot.com\/2011\/05\/convenio-upov-91-texto-oficial-en-link.html\" >Periodismosanador<\/a><br \/>\nFuente 3 : <a target=\"_blank\" href=\"http:\/\/www.upov.int\/es\/publications\/conventions\/1991\/act1991.htm\" >Upov<\/a><br \/>\nFuente 4 : <a target=\"_blank\" href=\"http:\/\/www.elciudadano.cl\/2011\/05\/12\/senado-vendio-a-monsanto-la-semilla-campesina-e-indigena\/\" >El Ciudadano<\/a><\/p>\n<p><a target=\"_blank\" href=\"http:\/\/movimientoantinwo.wordpress.com\/2011\/05\/16\/chile-senado-vendio-a-monsanto-la-semilla-campesina-e-indigena\/\" >Go to Original \u2013 movimientoantinwo.com<\/a><\/p>\n<p><a target=\"_blank\" href=\"http:\/\/movimientoantinwo.wordpress.com\/2011\/05\/16\/chile-senado-vendio-a-monsanto-la-semilla-campesina-e-indigena\/\" > <\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con 13 votos a favor (de la derecha y uno de la Concertaci\u00f3n), 5 en contra y 6 abstenciones, el Senado de Chile aprob\u00f3 el 11 de mayo [2011] el Convenio Upov 91 que impedir\u00e1 a los campesinos guardar la semilla y extender\u00e1 el tiempo de vigencia de los derechos y garant\u00edas de las transnacionales que vendan semillas h\u00edbridas y transg\u00e9nicas en el pa\u00eds.<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[46],"tags":[],"class_list":["post-12489","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-original-languages"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12489","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=12489"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12489\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12489"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12489"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transcend.org\/tms\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12489"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}